Titular: El Tribunal Supremo aclara que los desahucios a personas vulnerables no se suspenden de forma automática: deben solicitar la prórroga
Texto reformulado:
El Tribunal Supremo (TS) ha subrayado que las personas que ocupan una vivienda que les ha sido retirada por el banco debido a una situación de vulnerabilidad deben solicitar formalmente la prórroga de esta situación para evitar el desahucio.
En una sentencia emitida el 12 de diciembre, el alto tribunal reafirma su doctrina y destaca que la suspensión de los desahucios, establecida por la Ley de 2013, que refuerza la protección de los deudores hipotecarios, no es permanente, sino transitoria. Esto implica que los afectados deben acudir a los juzgados y solicitar una prórroga para seguir permaneciendo en la vivienda, con el fin de demostrar que aún se encuentran en situación de vulnerabilidad.
La ley de protección a los deudores hipotecarios
La Ley 2013, que ha sido prorrogada por el Gobierno hasta mayo de 2028, ofrece la posibilidad a los ciudadanos que han perdido su vivienda por impago hipotecario de continuar residiendo en ella si se encuentran en situación de vulnerabilidad. Sin embargo, el Tribunal Supremo recalca que esta prórroga no es automática, como algunos tribunales de instancias inferiores han interpretado, sino que debe ser solicitada por los afectados.
Prórrogas no automáticas
El alto tribunal aclara que, en la jurisprudencia que ha venido estableciendo, las prórrogas para los okupas vulnerables deben solicitarse explícitamente, ya que la situación de vulnerabilidad puede cambiar con el tiempo. Esto puede deberse a mejoras en las condiciones económicas o familiares, lo que requiere una evaluación continua.
Por tanto, las personas en esta situación deberán probar que siguen cumpliendo con los requisitos de vulnerabilidad para poder solicitar prórrogas sucesivas y seguir viviendo en la vivienda. Para ello, deberán demostrar ante los jueces que las circunstancias que originaron la prórroga continúan vigentes.
El fallo del Tribunal Supremo
En el caso específico de la sentencia, el Tribunal Supremo falló a favor de la empresa que solicitó el desahucio. La persona afectada no solicitó la prórroga ni presentó pruebas de que la hubiera pedido, a pesar de que el plazo para seguir en el inmueble concluyó en mayo de 2017. Esto reafirma la postura del Tribunal de que las personas vulnerables deben actuar proactivamente y solicitar la prórroga si desean seguir ocupando la vivienda.
Propósito de la ley
El objetivo de la ley no es simplemente permitir que las personas continúen en la vivienda indefinidamente, sino que busca impulsar un acuerdo entre los deudores hipotecarios y las entidades bancarias o empresas que hayan asumido la propiedad de la vivienda. Este acuerdo debería permitir que la vivienda se alquile a los afectados a un precio asequible o social.
En resumen, el Tribunal Supremo establece que la prórroga de la suspensión de desahucios para personas en situación de vulnerabilidad no es un derecho automático, sino que debe ser solicitada y justificada por los afectados para que sea concedida, garantizando así que solo quienes realmente necesiten este apoyo continúen beneficiándose de él.
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